Anulan una condena de noviembre de 2005
La Audiencia Provincial de Madrid considera que el redondeo era legal
Según el diario El Economista, una sentencia alega razones como: «Es como si no se pudieran vender huevos por docenas».

La Audiencia Provincial de Madrid considera que el redondeo era legal.
04/03/2007.- Continúa la polémica sobre si cobrar por fracciones de 30 segundos era o no legal antes del 1 de marzo. La Audiencia Provincial de Madrid se acaba de pronunciar al respecto posicionándose claramente a favor del redondeo al anular una sentencia que daba la razón a la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Las alegaciones son tan curiosas como variopintas. Según El Economista, que ha tenido acceso a la sentencia, declaran que el redondeo era legal porque «era como si se obligase a vender huevos por unidades sin dejar la opción a que se vendan por docenas o medias docenas o como si en las piscinas no se permitiese cobrar una tarifa fija por el día completo, sino en función del tiempo que se permanece en el recinto».
Recuerriendo a ejemplos que nada tienen que ver con el sector de las telecomunicaciones dan la razón a movistar, Orange y Vodafone contra una sentencia del pasado 21 de noviembre de 2005 que condenó a dichas operadoras.
La sentencia también contradice el expediente sancionar que impuso la Comunidad de Madrid por el redondeo que aplicaron las compañías durante 2006.
La CAM considera que la ley de 1984 ya lo prohibía considerando abusivo el «abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente».