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Competencia autoriza a Digi a ofrecer roaming con recargos en la UE

roaming en Europa con Digi

roaming en Europa con Digi
Digi ahora ofrece roaming en Europa, pero con recargo. Navegar cuesta un huevo.

Este año Digi está dando mucho que hablar. Literalmente. El OMV rumano reestructuró todas sus tarifas en abril y desde entonces acumula un crecimiento imparable que algunos competidores ahora tratan de imitar.

Pero no solo por eso. A mediados de junio, cuando entró en vigor la nueva normativa europea que obliga a los operadores a suprimir los recargos por el roaming en el Viejo Continente, Digi se desmarcó del resto solicitando a Competencia un indulto.

En aquel momento la compañía remitió un comunicado que resumía su postura ante esta medida: «La nueva política del roaming en la Unión Europea (UE), que ha impuesto unas condiciones insostenibles económicamente para los operadores virtuales, a los que ha colocado en una desventajosa posición competitiva».

Desde entonces Digi ha seguido como hasta el 15 de junio, sin prestar servicio de roaming en la UE. La decisión no parece haber afectado a la captación de clientes, donde el operador destaca todos los meses con importantes ganancias de portabilidades netas.

Cada MB en itinerancia por Europa con Digi sale por 43 céntimos hasta final de año y después, 34 céntimos.

Cuáles son los recargos por roaming que Digi puede aplicar en la UE

Digi ha actualizado su red al 4G. Aunque no es la mejor opción para los viajeros frecuentes, este OMV sí que se ha convertido en una buena alternativa para los clientes nacionales. Sus tarifas, que utilizan la red de Movistar, ahora incluyen 4G.

Ahora, cinco meses después, Competencia da a conocer que Digi está en su derecho de aplicar ciertos recargos en las comunicaciones que sus clientes hagan cuando estén de viaje por Europa:

El operador puede cobrar 1,8 céntimos por minuto en las llamadas que hagan, 1 céntimo por cada SMS enviado y 0,43 céntimos por MB (0,34 céntimos desde el 1 de enero de 2018).

La resolución de la CNMC tiene una validez de un año.

Competencia señala que, como mínimo, dos meses antes de que concluya este periodo, Digi debe volver a solicitarles poder seguir aplicando estos recargos, si es que quisieran seguir con estas medidas.

Por qué Competencia hace esta excepción con Digi

La CNMC explica, a través de su blog, que el caso de Digi es «raro y excepcional». La razón de que este OMV esté autorizada a no cumplir con la normativa europea sobre roaming (Reglamento UE nº 531/2012, de 13 de junio de 2012) es que «los operadores pueden solicitar al regulador de su país [en España, la CNMC], si se dan una serie de circunstancias, añadir un recargo a las tarifas de itinerancia».

Una de las razones es que la compañía demuestre que «al ofrecer su servicio de roaming no es capaz de recuperar sus costes totales, reales y previstos, por la prestación de servicios regulados de itinerancia al por menor equivalente o superior al 3% del margen de sus servicios móviles».

El servicio de roaming resulta claramente deficitario para los OMV. El caso de los OMR es distinto porque, aunque tienen que pagar por el tráfico de sus clientes en el extranjero, también perciben ingresos por los extranjeros que visitan España y usan sus redes.

Competencia señala que recibió y analizó la documentación que les proporcionó Digi y ahora concluyen que, efectivamente, «presenta un margen neto negativo superior al 3%«.

No obstante, Digi solicitó unos recargos superiores a los que les ha autorizado la CNMC.

En cualquier caso ahora los clientes de este operador ya disponen de servicio de roaming en la UE, ya que, hasta ahora, no estaba disponible, ni siquiera pagándolo.

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