¿Es legal leer las conversaciones del móvil de otras personas? En algunos casos es posible
WhatsApp, como prueba en un juicio: ¿Qué se acepta y qué no?
Recopilamos varias situaciones donde las aplicaciones de mensajería instantánea pueden ser constitutivas de un delito.

Cada vez es más habitual que WhatsApp esté presente en los tribunales como prueba. ¿En qué casos y circunstancias es aceptable un mensaje remitido a través de esta app?
e ha convertido en una de las formas de comunicación más importantes. Y no solo en España, sino también en buena parte del mundo. Los mensajes de WhatsApp (y, por ende, de cualquier aplicación de mensajería instantánea como Telegram, Facebook Messenger… ) se han asentado como un elemento fundamental en las conversaciones interpersonales. Para bien y para mal. Porque, además de favorecer el contacto entre los usuarios, también supone una fuente de conflictos que, en casos extremos, acaban en los tribunales.
Y no solo por el contenido de los propios mensajes (textos, audios, fotografías, Emoji…) que se intercambian a través de WhatsApp, sino también a cuestiones como si un padre tiene derecho a acceder a la cuenta de su hijo o si es legal incluir a una persona en un grupo sin pedirle su autorización previa.
Desde Movilonia.com recopilamos algunas de las dudas jurídicas más comunes que plantea el uso de WhatsApp.
¿Cuál es la edad mínima legal para utilizar WhatsApp?

Es una realidad: los menores cada vez acceden a una edad más temprana a los smartphones.
Tal y como establece la propia plataforma de mensajería instantánea, la edad mínima requerida para utilizar su servicio es de 13 años. Sin embargo, en nuestro país, el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1982 del 5 de mayo, afirma que se podrá proceder al tratamiento de los datos de los mayores de 14 años con su consentimiento. De este modo, WhatsApp requiere el consentimiento de los tutores legales para poder registrarse en caso de que el usuario tenga una edad inferior a 14 años.
Un aspecto en consonancia con lo requerido por WhatsApp, que asegura que «sin la edad suficiente para poder aceptar nuestros Términos en tu país, tu padre, madre o tutor deben aceptar nuestros Términos en tu nombre».
¿Se puede usar un mensaje de WhatsApp como prueba en un juicio?
La respuesta rápida es sí, aunque existen varios aspectos que hay que tener en cuenta. El más importante es el que atañe a uno de los pilares de WhatsApp: la privacidad. Este valor fundamental de esta app choca con el hecho de que es prácticamente imposible que la plataforma ceda el historial de mensajes aunque lo solicite un tribunal.
Aportar como única prueba un mensaje de WhatsApp es algo insignificante
Por esto, en muchos procedimientos este tipo de mensajes se toma con cautela, ya que su manipulación es relativamente sencilla. De hecho, aportar un mensaje o conversación de WhatsApp como única prueba se consideración insignificante.
Así lo recoge la sentencia 300/2017, del 19 de mayo, con la que el Tribunal Supremo recogió que «la prueba de una comunicación bidireccional mediante sistemas de mensajería instantánea debía ser abordada con todas las cautelas, debido a que la posibilidad de una manipulación forma parte de la realidad de las cosas», según recoge Expansión.

La barrera entre lo que se considera legal o no en WhatsApp es algo difusa.
Entonces, ¿en qué casos se puede recurrir a un mensaje de WhatsApp como prueba en un juicio? Según señala este mismo medio, lo más importante es contar con el certificado de un perito que demuestre que la prueba no ha sido modificada. Otra fórmula consiste en presentar el smartphone en el juzgado para que un secretario judicial levante un acta del contenido con la transcripción literal de la conversación.
También es posible acudir a un notario para que, a través de un acta, deje constancia de los números de teléfono de las partes implicadas y «dé fe pública» de todo lo correspondiente a la conversación mantenida a través de WhatsApp.
¿Es legal mirar el WhatsApp de otra persona?
Es una de las cuestiones que más controversia suele generar. ¿Es legal consultar el historial de chats de WhatsApp de otra persona? Vayamos caso por caso:
- Hijos. Móviles y niños es un binomio que, constantemente, se encuentra en el ojo del huracán de numerosos debates. ¿Es legal mirar el WhatsApp de un hijo? Hasta hace poco tiempo el derecho a la intimidad era un elemento inviolable en este tipo de casos, ni tan siquiera para los propios progenitores o tutores legales. No obstante, una resolución de la Audiencia de Pontevedra dictaminó en diciembre de 2017 que los padres pueden vigilar el uso que hacen sus hijos de las redes sociales. Esta sentencia nace de la denuncia de una mujer a su exmarido por supervisar los mensajes la denunciante y su hija intercambiaron en WhatsApp. Sin embargo, la resolución de este caso establece que «el desarrollo de las redes sociales, como también lo es WhatsApp, requiere atención y vigilancia de los progenitores para preservar la intimidad de los menores», quedando el padre libre de condena.
- Parejas. La Ley es tajante en este sentido: acceder a conversaciones privadas de otra persona constituye un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197 del código penal. Algo que queda constatado en varias sentencias publicadas en los últimos años. Un ejemplo claro es el de la sentencia de 2012 del juzgado de lo Penal número 3 de Jaén. En aquella ocasión se condenó a M. M. N. G. a un año de cárcel y a pagar una multa de 1.080 euros por coger el móvil de su marido y acceder a conversaciones íntimas que este había tenido con su vecina.
- Empleados. De entrada, cabe precisar a quién pertenece el móvil. Si el smartphone es propiedad de la empresa, esta tiene la posibilidad de controlar el aparato y vigilar el uso que se haga de él. Según una sentencia del Tribunal de Estrasburgo de septiembre de 2017, se permite que las empresas puedan espiar el correo electrónico y otras aplicaciones de mensajería instantánea en horario laboral, siempre y cuando el trabajador tenga constancia previa de ello. Eso sí, el empresario debe justificar esta revisión y realizar un análisis previo para considerar que no existe otra medida posible para actuar de esta forma.
Insultos y mofas en WhatsApp, ¿son delito?
Es una de las cuestiones más espinosas. ¿Es un delito insultar o mofarse de una persona a través de WhatsApp? Para dar respuesta a esta cuestión hemos elegido dos ejemplos conocidos en los últimos años.
El más reciente es el difundido por el Tribunal Superior de Galicia de enero de 2018. Aquí se ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que condenó por un delito de calumnias a la madre un alumno de quinto de Infantil del Colegio Plurilingüe Carrasqueira, de Vigo.
El 14 de enero de 2016, la mujer escribió este mensaje en un grupo de padres en WhatsApp: «La profesora se dedica a zarandear de malas formas al niño», sin aportar ninguna prueba. «No existe indicio alguno de mínimo maltrato hacia el menor, careciendo de base objetiva o indiciaria la imputación», argumenta en el fallo.
Por ello, la mujer tuvo que hacer frente a una multa de 630 euros y a una indemnización simbólica 1 euro por realizar comentarios ofensivos contra la profesora.

WhatsApp puede servir de testigo para esclarecer ciertas cuestiones.
Otro ejemplo paradigmático es el relacionado con los mensajes vejatorios dirigidos a la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, a través de un chat grupal de la Policía Municipal en WhatsApp desvelados por Eldiario.es. «Qué vejestorio más despreciable», fue uno de los mensajes menos ofensivos que dedicaron a la regidora de la capital.
Una de las respuestas a sobre si esto podía ser delito la aportó Legálitas aludiendo a la reforma del Código Penal de julio de 2015. ¿Por qué? Porque hasta entonces un mensaje del tipo «vete a la mierda» era tipificado como una falta de vejación injusta de carácter leve. Sin embargo, ahora, solo está tipificado si el que nos ofende es un familiar, ya sea el cónyuge o «una persona unida por análoga relación de afectividad» como padres o hermanos. En este tipo de casos, el acusado se puede enfrentar a una pena de localización permanente de 5 a 30 días, a trabajos en beneficio de la comunidad o a una cuota diaria que oscila en los 2 y los 400 euros al día.
En el caso de no tratarse de un familiar, la persona afectada puede acudir a la vía civil y reclamar una indemnización por los daños o perjuicios ocasionados.
En los hechos destapados por Eldiario.es, los policías implicados podrían estar incurriendo en un delito, ya que en su convenio de trabajo les prohíbe faltar el respeto a miembros de los organismos públicos, aunque debía esclarecerse si los comentarios se produjeron en horario laboral.
¿Puede mi jefe enviarme un mensaje de WhatsApp fuera del horario laboral?
Separar vida y trabajo es para muchos una tarea difícil. Y después de que WhatsApp se haya cruzado en nuestras vidas, esta labor se hace mucho más costosa. Porque, ¿quién no ha recibido un mensaje de su jefe a través de esta plataforma fuera del trabajo?
La realidad es que pocos son los que se libran de recibir una notificación de su jefe fuera del horario laboral. Por esta razón, después de que países como Francia tomasen medidas, el Gobierno español decidió poner límite a esto a través del derecho a la desconexión digital incluido en la última reforma de la Ley de Protección de Datos.
El derecho a desconectar el smartphone fuera del trabajo, regulado por Ley
De esta forma, el trabajador tiene el derecho de no responder a aquellos mensajes que le han sido enviados desde la empresa hasta la jornada siguiente. Es más, en el caso de que esta le obligase a responder, podría ser denunciada al incurrir en una sanción grave según queda tipificado en el artículo 88.
De hecho, según está reflejado, las compañías están obligadas a dotarse de un protocolo de desconexión digital y a realizar acciones de formación sobre este derecho, tal y como detalla el abogado especialista en derecho laboral Fabián Valero.
¿Puedo ser despedido a través de WhatsApp?
Son muchos los que forman parte de un grupo de WhatsApp de su trabajo. Es una realidad presente prácticamente en cualquier empresa y que en algunos casos puede llegar a ser un foco de conflictos. De hecho, llevándolo al extremo, uno se puede encontrar hasta con un despido por esta vía. ¿Pero es legal?
La respuesta es rotunda: no. Para que el trabajador sea despedido se debe redactar una carta, tal y como subyace en el Estatuto de Trabajadores, donde deben figurar los hechos, las causas que motivan el despido, y la fecha exacta en la que se hace efectivo. Si la única notificación de despido es vía WhatsApp, se considera improcedente.

No es posible darle una patada a un empleado desde WhatsApp.
Sin embargo, la situación es muy diferente es si el trabajador el que decide dimitir o dejar su puesto. Un juez del Tribunal Superior de Justicia dio validez a la dimisión voluntaria de un trabajador que informó mediante la app de esta decisión de forma clara y firme. Como el jefe respondió al mensaje, se interpretó que era suficiente para que la empresa se diera por enterada.
¿Es ilegal incluir sin permiso a nuevos miembros en un grupo de WhatsApp?
Los grupos de WhatsApp crecen sin control y, en algunos casos, no dar el consentimiento previo a pertenecer a uno de ellos puede ser una infracción. Así lo respalda una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que determina que el Ayuntamiento de Boecillo (Valladolid), incurrió en una falta grave al incluir a un vecino en un multitudinario grupo de WhatsApp sin su autorización previa.
Los hechos se remontan al 26 de octubre de 2016 cuando una línea perteneciente al consistorio incorporó 255 números a un grupo de la plataforma de mensajería instantánea creado para dar información de acciones o actuaciones de interés vecinal. Y ese fue su error, ya que lo que pretendía el Ayuntamiento era crear una lista de distribución. No fue así, y la AEPD sostuvo que el consistorio de Boecillo divulgó datos personales de vecinos del municipio, ya que sus números de teléfono móvil eran visibles para todos los demás miembros.

Sí, para evitar cualquier problema a lo mejor conviene comenzar a contar el número de participantes en un grupo de WhatsApp.
Esta infracción puede acarrear multas que oscilan entre 40.001 y 300.000 euros. Por ello, para evitar este tipo de situaciones, siempre es conveniente tener en cuenta que se debe contar con el consentimiento expreso de cualquier persona, aunque caben excepciones. Por ejemplo, si el grupo es de familia o amigos, se está al margen de esta regulación. Para ello, la propia AEPD especifica que el límite está en los 20 participantes.
¿Es legal compartir un décimo de Lotería a través de WhatsApp?
Es otra de las causas de batallas legales. Sí, compartir un décimo a través de WhatsApp es legal, aunque es conveniente tener presente varias precauciones para que se pueda acreditar una participación de forma fidedigna en el caso de que el número sea agraciado.
Para ello, lo mejor es crear un grupo de WhatsApp con las personas que juegan ese número y enviar una imagen, donde se vean los datos del décimo. No solo eso, también es conveniente enviar un mensaje que índique quién es la persona depositaria, los que participan y qué cantidad juega cada uno.
Para mayor seguridad, también es posible guardar los mensajes del grupo en el correo electrónico ante cualquier eventualidad.
En definitiva, la presencia de WhatsApp en la vida cotidiana es tal que no será raro que la plataforma de mensajería instantánea se vea implicada en más situaciones conflictivas en el futuro.
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