Para avanzar en la estrategia de economía circular
¡Larga vida a los productos! España amplía la garantía obligatoria a tres años
A partir del 1 de enero de 2022, la ley de consumidores modifica este apartado, así como la obligatoriedad para que los fabricantes ofrezcan piezas de repuesto durante una década.

España amplía la garantía comercial de productos de dos a tres años. Y no solo eso, sino que aumenta el plazo de disponibilidad de piezas para reparar a una década.
Usar y reutilizar. Esta es la idea bajo la que el Ministerio de Consumo acaba de aprobar la nueva norma con la que dar una segunda oportunidad a cualquier aparato averiado. Con este renovado marco, la garantía obligatoria de los productos se amplía de dos a tres años, mientras que el plazo de disponibilidad de piezas de reparación pasa a ser de diez años, en lugar de los cinco establecidos hasta el momento.
El nuevo Decreto-ley ómnibus aprobado supone, según el Ministerio de Consumo, avanzar en la denominada estrategia de economía circular, de tal manera que el cliente tenga la posibilidad de sacar el máximo partido al producto adquirido y dejar atrás el modelo de «usar y tirar». Entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022.
? El #CMin ha aprobado hoy una modificación de la actual normativa de consumo con la que da un paso más en la estrategia de economía circular.
? Los fabricantes deberán disponer de piezas de repuesto durante 10 años.
? Las garantías pasarán de dos a tres años. pic.twitter.com/NPXfYm9AVK— Ministerio de Consumo (@consumogob) April 27, 2021
Una nueva regulación ante el incremento de las compras online
La pandemia del coronavirus ha impulsado lo que era una tendencia al alza, las compras online. Según datos de Statista, aproximadamente el 70% de los participantes en una encuesta realizada entre el 16 y el 30 de octubre de 2020 afirmó haber realizado una compra a través de Internet en productos relacionados con la moda, la principal categoría de consumo en este ámbito.
Ante este auge, y animado por la implantación de la Directiva Europea 2019/771 de 20 mayo de 2019, el Ministerio del Consumo se ha puesto manos a la obra para elaborar una nueva norma en la que se añade, también, la durabilidad de un producto como un criterio objetivo.
Es decir, si un artículo no resiste en el tiempo en las condiciones pactadas entre empresa y consumidor a través del contrato de compra, el usuario puede elegir entre la reparación o la sustitución del mismo.
Nueva regulación sobre productos digitales

Más ambición
A pesar del avance que supone para los consumidores esta nueva regulación, desde la Organización de consumidores, Ocu, solicitan que estas medidas vayan más allá. En concreto, desde la organización piden que se completen con la creación de un índice de reparabilidad de los productos, que oriente la elección de los consumidores hacia productos más duraderos.
Otro de los puntos relevantes de la nueva normativa se encuentra en lo referente a los contenidos y servicios digitales. De esta manera se regula por primera vez aquellos artículos gratuitos que se obtienen a cambio de datos personales. Por ejemplo, estos son: «programas informáticos, aplicaciones, archivos de vídeos, archivos de audio, archivos de música, juegos digitales, libros electrónicos u otras publicaciones electrónicas».
Eso sí, en esta normativa no se incluyen aquellos programas libres y de código abierto, en donde el código fuente está compartido libremente.
Cabe señalar, tal y como apuntan desde Facua, que el suministro de servicios digitales, no debe estar ligado, en la mayoría de casos, a ningún plazo adicional. De este modo, la empresa deberá suministrar este tipo de productos de manera inmediata.
Otras garantías comerciales
La nueva disposición también modifica otros apartados de especial interés para los consumidores. Así, el plazo de prescripción que el usuario tiene cuando no esté conforme con el artículo adquirido crece de tres a cinco años.
Mientras, el periodo para acreditar la falta de conformidad del producto comprado se amplía de seis meses a uno o dos años, en función del producto.
Por último, también es importante señalar que la nueva normativa establece que las garantías comerciales que se incluyen en la publicidad prevalecen a las de la declaración de garantía legal en el caso de que sean más beneficiosas para el consumidor.
Vía: El País
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