El cliente recibirá los 145euros que pagó hace meses
Consumo obliga a movistar a devolver a un blogger de Movilonia.com la penalización por darse de baja
La Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid consideró inadmisible que la operadora «pretenda enriquecerse injustamente».

Consumo obliga a movistar a devolver a un blogger de Movilonia.com la penalización por darse de baja
06/08/2007.- Nokiarola, pseudónimo de uno de los bloggers de Movilonia.com, ha ido relatando en Diario de un moviladicto su particular lucha contra lo que consideraba un atropello de sus derechos por parte de Movistar.
La compañía modificó sus tarifas el pasado 1 de enero. Los cambios suponían una importante desventaja económica para este cliente, que decidió rescindir su contrato. Telefónica Móviles tramitó su solicitud, pero le facturó 145 euros en concepto de penalización, ya que no había concluido el periodo de permanencia que había firmado este usuario. Nokiarola reclamó ante la compañía, pero hicieron caso omiso, por lo que solicitó un arbitraje de consumo.
Ahora la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid le ha dado la razón y ha obligado al operador a devolver la penalización.
Este organismo consideró inadmisible que una compañía «pretenda enriquecerse injustamente» después de modificar unilateralmente las condiciones pactadas con el usuario en el contrato, dado que cuando éste lo suscribió, las tarifas eran más asequibles.
Movistar, por el momento, ha preferido no hacer declaraciones.
La penalización era casi el doble del precio del terminal
Por su parte, la Federación de Consumidores en Acción (Facua) señala que, efectivamente, la penalización que facturó la compañía móvil «resulta contraria a su derecho a darse de baja ‘sin penalización alguna’ reconocido en el artículo 107 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril».
Además, la penalización superaba «con creces la bonificación» que Movistar había aplicado en el precio del terminal, un Motorola W220, cuyo precio en el mercado libre, sin vinculación contractual con ninguna compañía, rondaba en el momento de la baja los 79 euros, casi la mitad de los 145 euros que Movistar cobró al usuario.
En virtud del laudo, que tiene el mismo peso que una sentencia judicial, el colegio arbitral decide por unamidad que, «obviamente», la compañía «tenía que asumir que su actuación podría provocar la disconformidad de los clientes que veían vulnerados sus derechos no siendo admisible que por las razones expuestas operase la cláusula de penalización prevista para situaciones buscadas por las propias particulares, en el contrato inicial que, reiteramos, modificó unilateralmente la empresa».
Decisión trascendente
Esta decisión, aunque no vincula necesariamente decisiones de esa u otras juntas arbitrales españolas, «resulta especialmente trascendente debido al importante número de reclamaciones planteadas por los usuarios en los meses de febrero y marzo, ante el cobro de penalizaciones por parte de las compañías a quienes solicitaron la baja en rechazo a las importantes subidas tarifarias que aplicaron, al verse obligadas de dejar de aplicar redondeos al alza en la facturación», explicó Facua.