Un juzgado madrileño la ha admitido a trámite
La demanda contra la subida de precio Movistar Fusión sigue adelante
La parte demandante, Facua, recuerda a los casi 4 millones de clientes perjudicados que pueden sumarse a la causa de forma gratuita.

Pelear contra un gigante como Movistar no es una tarea sencilla.
05/11/2015.- Mucho ha llovido en el mercado de las telecomunicaciones desde el mes de marzo, pero lo que no parece haber cambiado ni un ápice es el descontento y la indignación por la subida de precio de Movistar Fusión.
Un incremento en la cuota mensual justificado desde la compañía por la subida de la velocidad de conexión, pero que supuso la demanda de varias asociaciones de consumidores por considerar que el operador estaba cometiendo «publicidad engañosa», ya que cuando los planes convergentes fueron presentados años atrás se aseguró que los precios eran «para siempre».
Finalmente, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid ha admitido a trámite la demanda de Facua- Consumidores en Acción que fue presentada el pasado mes de junio. Así lo ha comunicado la organización desde su blog corporativo, donde recuerdan a los usuarios afectados, tanto los que se dieron de baja como los que continúan siendo clientes de la compañía, que pueden unirse a la causa judicial de forma gratuita.
Se calcula que hay cerca de 4 millones de usuarios afectados. Los que se hayan quedado en Movistar podrán reclamar al operador la devolución de los 5 euros mensuales en los que se ha incrementado la cuota de los planes combinados.
En el caso de aquellas personas que tuvieran contrato de permanencia y se diesen de baja, tendrán derecho a reclamar en los tribunales el abono de los hasta 190 euros establecidos como penalización si se incumplen las condiciones del acuerdo, que desde Facua recuerdan que vinculan tanto a los clientes como a la empresa.
La explicación «insultante» de Movistar
Desde el primer momento, la organización de consumidores se mostró muy combativa con la subida de precio de Movistar Fusión, que llegaron a calificar como «ilegal».
La respuesta de la compañía, de clara a explicar por qué no se les podía acusar de realizar publicidad engañosa fue, cuanto menos curiosa: «La acepción etimológica del término ‘Para Siempre’ significa ‘por todo tiempo o por tiempo indefinido’ e indefinido supone ‘que no tiene término señalado o conocido’, en contraposición a las ofertas promocionadas con un término de vigencia reducido en el tiempo”.

Extracto de la carta enviada por Movistar a Facua. Imagen: Facua
Una argumentación que Facua consideró «tan enrevesada que parece de chiste, al tiempo que resulta insultante para los usuarios«.
Con el respaldo del organismo regulador
La demandante ha criticado duramente la «irresponsable pasividad» de las administraciones, destacando que el único organismo que ha dado respuesta al conflicto ha sido la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), aunque no en la línea deseada.
Ya en el mes de abril el organismo regulador, a través de su subdirector, manifestó que Movistar no estaba vulnerando la Ley de Defensa de la Competencia y que, en todo caso, la subida de precio de Fusión (que calificó de «técnica comercial») es más una desventaja que una ventaja para el operador.
Así pues, Competencia considera que el caso de Movistar no está fuera de lo normal, ya que casi todas las compañías de telecomunicaciones incumplen lo que prometen en sus campañas publicitarias. ¿Es ese un argumento lógico?
Sobre todo si tenemos en cuenta que en la propia web de la CNMC se plantea el interrogante “¿para qué sirven la competencia y la regulación eficiente?”, y las dos primeras líneas de la respuesta a dicha pregunta son las siguientes: “A usted, como comprador y consumidor de artículos y servicios, la competencia entre los vendedores le sirve para disponer de ofertas más variadas, de mejor calidad y a menores precios«.
Ya desde los tiempos de la CMT se ha acusado al organismo regulador de su inoperancia a la hora de tratar temas de relevancia, no respondiendo a determinados conflictos o, en el mejor de los casos, haciéndolo a destiempo.
¿Cómo habría actuado la CNMC si la maniobra de Movistar hubiera sido a la inversa y hubiera bajado el precio de sus tarifas, provocando las quejas de sus competidores? ¿Acaso no se debe considerar la posición dominante con la que cuenta Movistar en el segmento de las ofertas combinadas, lo que hace más difícil que un cliente abandone sus servicios al no encontrar tarifas mejores?
Fuente: Facua
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La respuesta de Movistar es absurda.
Si ‘Para Siempre’ significa ‘por todo tiempo o por tiempo indefinido’ e indefinido supone ‘que no tiene término señalado o conocido’, en el momento que cambia la cuota tiene término señalado y conocido y deja de ser para siempre.
Es como si sentenciase su propio incumplimiento…